ASESORÍA Y CONSULTORÍA PERSONALIZADA.


DIVORCIO VOLUNTARIO
CONTÁCTANOS AHORA PARA UNA ASESORÍA ESPECIALMENTE PARA TI.
SU TRAMITACIÓN CON UN COSTO ACCESIBLE DE ACUERDO A TU CASO.
INFORMACIÓN DE ACUERDO AL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE TLAXCALA.
El Divorcio Voluntario procede cuando se solicita de común acuerdo por ambos Cónyuges y se substanciara Judicialmente, según las circunstancias del Matrimonio.
SUS CARACTERÍSTICAS:
El Divorcio Voluntario no procede sino pasado un año de la celebración del Matrimonio.
No se podrá pedir Divorcio ni entablar Demanda de Divorcio ante un Juez de Primera Instancia del Estado, sino cuando los Cónyuges tengan su domicilio conyugal en la Jurisdicción de dicho Juez por lo menos seis meses antes de la fecha de la misma demanda.
Los Cónyuges que pidan de conformidad su Divorcio deberán acompañar en todo caso a su Demanda un Convenio reuniendo los requisitos que exige la Ley en Materia.
El Cónyuge menor de edad necesita de un tutor especial para poder solicitar el Divorcio por mutuo consentimiento.
Las Audiencias en este tipo de Juicio serán privadas, es decir únicamente con la presencia del Juez, los Cónyuges y el Ministerio Público.
La Muerte de uno de los Cónyuges durante el procedimiento de Divorcio, pone fin a él en todo caso y los Herederos del muerto tienen los mismos derechos y obligaciones que tendrían si no hubiere promovido ese Divorcio.
Los Cónyuges no pueden hacerse representar por procurador en las Juntas, sino que deben comparecer personalmente y, en su caso, acompañados del tutor especial; pero pueden verificarse dichas juntas sin la presencia del tutor si así lo estima conveniente el Juez.
La Reconciliación de los Cónyuges pone término al procedimiento, en cualquier estado en que se encuentre, si aún no hubiere Sentencia Ejecutoriada. Los interesados deberán denunciar su reconciliación al Juez y ratificarla ante el Juzgado correspondiente.
La Ley presume la Reconciliación cuando, después de promovido el divorcio, los cónyuges viven en el mismo domicilio juntos.
En el procedimiento de divorcio el Juez debe tomar todas las medidas necesarias para realizar el interés que el Estado tiene, en relación a los hijos de los Cónyuges que sean menores o sólo estén concebidos
Presentada la Demanda, el Juez de Primera Instancia citará a los peticionarios a una junta para que la ratifiquen por sí mismos en su presencia. En esta junta el Juez procurará avenir a los Cónyuges, pero si notare que su decisión fuere irrevocable, pronunciará la Sentencia de Divorcio y aprobará el Convenio, y en su caso, con las modificaciones propuestas por el Juez o por el Ministerio Público, cuidando del interés de los hijos y que no se violen los derechos de éstos o de tercera persona.
El Juez y el Ministerio Público examinarán cuidadosamente el Convenio y si consideran que viola los derechos de los hijos o que no quedan bien garantizados propondrá el Ministerio Público al Juez y éste a los Cónyuges, las modificaciones que estimen procedentes. Si los Cónyuges nada dijeren dentro de los Tres días siguientes a la fecha en que se les haga saber las modificaciones propuestas por el Juez o por el Ministerio Público, se decidirá lo que proceda con arreglo a la Ley en atención al interés de los hijos.
Si el Convenio no fuere aprobado no podrá decretarse el Divorcio.
Si el Juez tuviere motivos suficientes a su juicio para dudar de la firmeza de la decisión en los solicitantes, citará a éstos a una segunda junta, en la cual procurará restablecer entre ellos la concordia y cerciorarse de la completa libertad de ambos para solicitar el divorcio. Si no lograre la reconciliación, procederá a pronunciar la Sentencia de Divorcio.
Ejecutoriada una Sentencia de Divorcio, el Juez de Primera Instancia remitirá copia de ella al del Registro Civil ante quien se celebró, y éste, al margen del Acta de Matrimonio, pondrá nota expresando la fecha en que se declaró el Divorcio y el Tribunal que lo declaró, expedirá copia del Acta de Divorcio y hará publicar un extracto de la resolución, durante quince días, en las tablas destinadas a ese efecto.
Es necesario referir al apreciable lector que lo expresado ha sido realizado abordando el tema de manera general, cuyo único fin atiende a que pueda ser de su Utilidad.
Siendo indispensable el Asesoramiento Jurídico por un Licenciado en Derecho para su Tramitación.

DIVORCIO VOLUNTARIO
¡ No te quedes con la Duda, Comunícate Vía Telefónica, por Mensaje de Texto o por Correo Electrónico!
Te Informaremos de $Costos$
Respecto de la Asesoría, Realización, Continuación, etc., del motivo por el cual te Comunicaste.
SOLICITA UNA CITA Y SE TE VISITARA HASTA TU HOGAR SI ASÍ LO DESEAS.
